Y es que, desde hace unos días estamos escuchando y viendo en las noticias sobre la posible huelga de alquiler.
La huelga de alquiler consiste en dejar de pagar la renta para conseguir que los arrendadores bajen la renta.
Personalmente, nos parece una idea lamentable que desde ciertos partidos políticos y sindicatos de inquilinos se promuevan acciones que pueden tener consecuencias nefastas para los inquilinos que las sigan sin haberles explicado claramente lo que les puede ocurrir si dejan de pagar la renta del alquiler.
Tabla de contenidos
¿Qué le puede ocurrir al inquilino que deje de pagar la renta?
El impago de la renta es un incumplimiento contractual y en caso de que el inquilino deje de abonarla, el arrendador podrá promover un juicio verbal de desahucio por impago de la renta y desalojarlo de la vivienda. No se dejen engañar por quien se mueve por una agenda política y quiere utilizarlos para conseguir sus fines.
Una idea nefasta.
Nos parece una idea terrible el que se ponga en riesgo la relación arrendaticia sin que se vaya a conseguir nada que solucione los graves problemas que existen en el mercado de vivienda en general y en el del alquiler en particular.
Influencia política.
Hay gente que no ha caído en la cuenta de que, desde que se ha intervenido de manera directa en los alquileres por parte de los políticos, la oferta ha caído en picado y no se va a recuperar hasta que se garantice a los propietarios de la vivienda seguridad jurídica y se deje de intervenir el precio del arrendamiento.
Personas vulnerables económicamente.
Ideas tan malas como la de que el propietario se haga cargo de las personas vulnerables económicamente sin poder lanzarlas de las viviendas a pesar del impago de los arrendamientos tampoco ayudan a suavizar la situación, sino que la empeoran gravemente.
No puede ser que una persona no pueda recuperar su vivienda alquilada a pesar de tener una sentencia estimatoria firme sólo porque el poder político lo ha decidido así, es intolerable.
Estas situaciones son muy comunes en todos los Juzgados de primera instancia de España y, lo seguirán siendo mientras sigan en vigor las medidas que impiden lanzar a las personas declaradas vulnerables.
No queremos decir con esto que no haya que dar amparo a estas personas, pero no les corresponde a los propietarios de vivienda cargar con la dejadez del Estado y las comunidades autónomas por no haber construido vivienda social durante años o no haber invertido en tener una bolsa de viviendas para destinarlas a alquiler social.
Responsabilidad de las Administraciones Públicas.
En la mayoría de los ayuntamientos del país, cuando se les requiere a fin de que faciliten una vivienda social, simplemente contestan diciendo que no disponen de vivienda social. Las administraciones públicas competentes en la materia han hecho una dejadez de funciones en este asunto de una manera casi criminal.
Mejoras alternativas.
A corto plazo, lo único que ayudaría a mejorar el mercado del alquiler sería una desregulación consistente en dar mayor libertad a las partes contratantes para decidir lo que quieran sobre la duración del contrato y la renta a pagar, además de terminar de una vez con las prórrogas de las medidas de vulnerabilidad económica, recayendo sobre las administraciones públicas la responsabilidad de hacerse cargo de estas personas y dejando a los ciudadanos en paz.
Repercusiones de la huelga.
Una huelga de inquilinos sólo traerá aún más problemas a un mercado muy tensionado por tanta intervención pública y reducirá todavía más la oferta de vivienda en alquiler, lo que hará que los precios vuelvan a subir.
No hay que intervenir el mercado de alquiler, lo que necesita es justo lo contrario, que los políticos saquen sus manos de él.
Otro aspecto del problema es la falta de construcción de vivienda de todo tipo. La oferta es escasa y la demanda muy alta lo que hace que los precios se incrementen. Esto se ha agudizado en los últimos años y no parece tener una solución en el corto plazo. Hay que comenzar a construir vivienda ya y masivamente.
¿Qué puede hacer el propietario o arrendador…
…En caso de que el inquilino deje de pagar la renta de alquiler como medida de presión?
Lo primero que debe de hacer el propietario es enviar una comunicación fehaciente al arrendatario, ya sea a través de burofax postal, electrónico o carta certificada a fin de que se ponga al día en el pago de la renta.
Si, al cabo de un mes el arrendatario no ha pagado lo adeudado, el arrendador podrá promover un juicio verbal de desahucio por falta de pago a fin de cobrarse la deuda y echar al inquilino de su vivienda.
¿Qué puede hacer el inquilino entonces?
No olvidemos que el inquilino firmó un contrato de arrendamiento libremente, pactando la renta con el arrendador y si quiere una rebaja de esta tendrá que negociarla con quien le alquila la vivienda. No cabe otra posibilidad y quien diga lo contrario miente. Si los poderes públicos ponen un tope al precio del alquiler, la oferta disminuirá de nuevo y poco o nada cambiará.
Podemos ayudarte.
Ya seas inquilino o propietario somos un despacho de abogados especializado en alquileres y desahucios y tenemos las respuestas adecuadas a tus problemas. No podemos ofrecerte soluciones mágicas a los problemas que existen en el mercado de vivienda de alquiler, pero sí asesorarte de la mejor manera posible y también llegado el caso defender tus derechos en los tribunales.
Conclusiones.
Es importante no dejarse engañar por quienes promueven una agenda política y cumplir con los términos del contrato de arrendamiento, en particular con el pago de la renta que es la principal obligación del inquilino. No hacerlo tendría consecuencias fatales para el inquilino que podría verse desahuciado de la vivienda en el caso de que el propietario promueva un juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta. Sobre todo, y ante todo hay que tener sentido común para saber diferenciar entre lo que se debe hacer y lo que no.
